NACIONALIDAD
El art. 51 de la Ley de Navegación expresa que la inscripción en la matrícula nacional confiere al buque la nacionalidad argentina y el derecho de enarbolar el pabellón nacional.
REQUISITOS PARA LA INSRIPCIÓN EN LA MATRÍCULA NACIONAL:
- El cumplimiento de las exigencias reglamentarias sobre construcción y condiciones de navegabilidad e idoneidad del buque.
- Que su propietario esté domiciliado en el país y si se tratare de una copropiedad naval, que la mayoría de los copropietarios cuyos derechos sobre el buque excedan la mitad del valor de éstos, reúnan la misma condición.
- Si fuere titular de la propiedad una sociedad que ésta se haya constituído de acuerdo a las leyes de la nación, o que habiéndose constituído en el extranjero tenga en la República sucursal, asiento o cualquier otra especie de representación permanente.
REGISTRO NACIONAL DE BUQUES:
El art. 58 de la Ley de Navegación establece que el régimen de registro y cancelación de la inscripción de los buques y artefactos navales será fijado por la reglamentación en todo cuando no esté previsto en esta ley y en la que rige el registro nacional de buques.
Entre los documentos y actos que deben ser inscriptos son:
- Los títulos por los que se constituya, declare, transmita o modifique derechos reales sobre el buque
- Lo documentos en cuya virtud se adjudique buques, embaraciones o artefactos navales, derechos reales o partes indivisas de ellos.
- Los contratos de locación o arrendamiento de buques, embarcaciones o artefactos navales, los préstamos a la gruesa o cualquier otra clase de préstamos.
- Las sentencias judiciales que declaren, constituyan, modifiquen, transmitan o extingan derechos reales sobre buques, embarcaciones o artefactos navales.
- Todo documento que instrumente actos voluntarios o judiciales por el que se inhiba a una persona de la disponibilidad de sus bienes.
- Los mandamientos judiciales que dispongan el embargo o interdicción de buques o de cualquier otra medida judicial que afecte la libre disponibilidad de buques.
- Las comunicaciones de los contrato de prenda.
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